El órgano competente para la instrucción, la ordenación del procedimiento y el seguimiento de las actuaciones financiadas era la Subdirección General de Cooperación y Competitividad Turística, dependiente de la Secretaría de Estado de Turismo. No obstante, como resultado de la reestructuración ministerial, tras la publicación del Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, por el que se modifica y se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria y Turismo, se ha creado la nueva Dirección General de Políticas Turísticas y la División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos directamente dependiente de la referida Dirección General. Según el apartado 2 del artículo 8 del Real Decreto 409/2024, de 23 de abril, la nueva División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos tendrá el nivel orgánico que se determine en la Relación de Puestos de Trabajo del Departamento, y ejercerá la función del epígrafe g): la gestión de otros programas de apoyo económico al sector turístico que se asignen a la Secretaría de Estado de Turismo. Por todo ello, se ha procedido a una redistribución de unas tareas atribuidas previamente a la Subdirección General de Cooperación y Competitividad, asignándolas a la nueva División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos. En este sentido, la instrucción, ordenación del procedimiento y seguimiento de las actuaciones de las siete convocatorias mencionadas previamente corresponden a la División de Programas Turísticos y Asuntos Económicos.
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