CONVOCATORIA 2025 Orden ISO/5/2024

Subvencion:

CONVOCATORIA 2025 Orden ISO/5/2024

Descripción:

Resolución de 8 de agosto de 2025, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la obtención de licencias o permisos de conducir vehículos automóviles por los jóvenes empadronados en Cantabria.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 157 Extracto Convocatoria

Fecha BOC: 18/08/2025


Enlace BOC

Fecha inicio plazo presentación:

19/08/2025

Fecha finalización plazo presentación:

16/09/2025

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los jóvenes empadronados en Cantabria que tengan en el momento de obtención del permiso o licencia de conducción de 16 a 30 años y lo hayan obtenido en una autoescuela de Cantabria entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de julio de 2025, ambos incluidos.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Factura acreditativa del coste económico satisfecho por la obtención de la licencia o permiso de conducir emitido por una autoescuela de Cantabria, conforme a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  2. Documento justificativo del pago del coste de la obtención de la licencia o permiso de conducir en el que se haga referencia a la persona que obtiene el permiso o licencia y solicita la subvención: si ha sido pagado por transferencia, justificantes bancarios; si ha sido pagada en metálico, recibís o certificado de pago emitidos por la autoescuela, en todo caso sellados y firmados. En todo caso, en el justificante de pago debe constar claramente: la autoescuela receptora del pago, concepto del pago incluyendo el permiso o licencia obtenido y nombre y apellidos de la persona beneficiaria de la subvención e importe abonado.

Además, y para el supuesto de que el solicitante se oponga expresamente a que la Administración pueda recabar los datos a los que se refiere el apartado anterior, deberá aportar la siguiente documentación:

  1. Documento nacional de identidad o equivalente en el supuesto de ser miembro de un país de la Unión Europea, o Número de la tarjeta de residencia en el supuesto de ser natural de otros países.
  2. Licencia o permiso de conducir.
  3. Certificado de empadronamiento actualizado desde fecha 1 de enero de 2025. 
  4. Certificados de estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda Pública, Estatal y Autonómica, y con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Anexos:

Lugar presentación :

En cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria: a través del Registro Electrónico General o en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro Auxiliar de la Consejería.

Si las personas físicas enviaran la solicitud por correo, deberá presentarse en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento que se quiera enviar, se haga constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.1 Real Decreto 437/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido por la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Órgano tramitador:

Dirección:

DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD, COOPERACION AL DESARROLLO Y VOLUNTARIADO (CÓDIGO DIR3 O00022772 – A06045080)
C/ Valliciergo, 8 – 39003 Santander

Teléfono: 942 20 73 88 – 942 20 83 82

Enlaces: