CONVC 2025 Orden ISO/14/2025

Subvencion:

CONVC 2025 Orden ISO/14/2025

Descripción:

Resolución, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones de mayores del medio rural para atención podológica en 2025-2026.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 161 Extracto Convocatoria


Enlace BOC

Fecha inicio plazo presentación:

23/08/2025

Fecha finalización plazo presentación:

06/10/2025

Beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones a que se refiere esta Orden las asociaciones o federaciones de personas mayores de Cantabria sin ánimo de lucro, entendiéndose como tales a: los hogares, clubes y asociaciones de la tercera edad, personas jubiladas o mayores de 60 años que se dediquen de manera habitual a la realización de actuaciones a favor de dichas personas mayores, y además cuyas socias y socios sean mayores de 60 años. Ambos requisitos se acreditarán mediante la presentación de sus correspondientes estatutos. Estas asociaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener el domicilio social, fiscal y su sede en alguno de los municipios de Cantabria con una población inferior a 10.000 habitantes, estar constituidas como asociación e inscritas en el correspondiente Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior del Gobierno de Cantabria.
  2. Que los servicios para los que se solicite la subvención se estén realizando o vayan a realizarse de forma real y efectiva en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  3. No tener asignada ninguna otra subvención para el mismo objeto por parte de Administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
  4. No hallarse en alguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Certificación acreditativa de ostentar la presidencia de la entidad o poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante. 
  2. Certificación del acuerdo por el que se decidió la solicitud de subvención, adoptado por el órgano competente. 
  3. Memoria del Proyecto ANEXO 2. 
  4. Declaración responsable, según modelo ANEXO 1-B, de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante, de que ésta se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con la Comunidad Autónoma de Cantabria; hallarse al corriente de pago de las mismas; así como del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones de Cantabria. Asimismo, declaración de no recibir otras ayudas de igual naturaleza en cuantía que iguale o supere el coste de la ayuda solicitada. 
    La presentación de esta declaración se hace sin perjuicio del control, por parte de los órganos gestores, del cumplimiento de las obligaciones con el Gobierno de Cantabria por la entidad beneficiaria. 
  5. NIF de la entidad
  6. Número de Cuenta Bancaria de la Entidad: certificado de titularidad emitido por la Entidad bancaria, firmado electrónicamente por la misma, debiendo remitir dicho certificado a través de Registro electrónico junto con la documentación de solicitud de subvención. 
  7. Estatutos de la Entidad en vigor.
  8. Plan de igualdad de la Entidad, en el supuesto de que la entidad quiera que se le puntúe el criterio de valoración previsto en el artículo 15.1.d) «Existencia de Plan de Igualdad: 1 punto»  

No será necesario presentar los documentos a que se refiere este artículo cuando ya estuvieren en poder de cualquier órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, con la excepción del ANEXO 1-B.

Anexos:

Lugar presentación :

Las personas jurídicas y demás sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, están obligados a presentar sus solicitudes a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es».

El certificado electrónico con el que se firme la documentación presentada deberá corresponder a quien ostenta la representación legal de la entidad solicitante.

Órgano tramitador:

Dirección:

INSTITUTO CÁNTABRO DE SERVICIOS SOCIALES (CÓDIGO DIR3 O00006438 – A06027807)

Pº del General Dávila, 87 – 39006 Santander
 

Teléfono: 942 20 69 00

Enlaces: