El Consejo de Ministros ha aprobado un
real decreto que regula el Registro Oficial de Biocidas y establece
las condiciones para fabricar, almacenar, comercializar y utilizar
estos productos.
La norma sustituye el Libro Oficial de Movimiento por
un registro de las operaciones de adquisición, cesión
y aplicación de los biocidas de mayor
peligrosidad.
Actualiza la formación del personal que realiza
tratamientos y concede seis años para adaptarse a los nuevos
requisitos.
Las comunidades autónomas ejercerán la
vigilancia del mercado, la inspección y el control oficial
en el ámbito de sus competencias.