CONVOCATORIA 2024 Orden FOM/23/2024

Subvencion:

CONVOCATORIA 2024 Orden FOM/23/2024

Descripción:

Orden FOM/23/2024, de 22 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico; de recogida de aceite usado de cocina o de recogida diferenciada de textil, en aquellos municipios que tengan asumida la recogida de residuos domésticos, financiadas por el plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 208 Extracto Convocatoria

Fecha BOC: 25/10/2024


Enlace BOC

Fecha inicio plazo presentación:

28/10/2024

Fecha finalización plazo presentación:

11/11/2024

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria u otras entidades locales supramunicipales, o municipios constituidos por dichas entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos.

Documentación a adjuntar:

Cada municipio solo podrá presentar una solicitud, que podrá ser para una de las líneas, para dos o para las tres líneas.

Las entidades locales supramunicipales y municipios deberán presentar una solicitud por cada municipio donde acuerden implantar, ampliar o mejorar la recogida separada de residuos.

Las solicitudes se formalizarán mediante el formulario normalizado de solicitud del Anexo III de esta Orden debidamente firmado. Deberá acompañarse, al menos, de la siguiente documentación:

  • Certificación de la secretaría del municipio, entidad local supramunicipal o municipio acreditativa de la personalidad y representación del solicitante.
  • En su caso, certificación de la secretaría de la entidad local supramunicipal o municipio que acredite la competencia para prestar los servicios de recogida de residuos municipales en el municipio objeto de la solicitud o, en su defecto, compromiso de acreditar antes de la puesta en marcha de la recogida, la concreta atribución al municipio o entidad local supramunicipal por parte del municipio objeto de la solicitud mediante certificación de la secretaría de la entidad de que se trate.
  • Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).
  • DACI de los representantes del municipio a efectos de ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Modelo anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).
  • En caso de que el proyecto incluya la recogida separada de biorresiduos de grandes generadores, deberá aportar certificación de la secretaría de la entidad local, con referencia al punto de la ordenanza municipal, que acredite la recogida de biorresiduos de grandes generadores por parte de la entidad solicitante en su defecto, compromiso de acreditar antes de la puesta en marcha de la recogida, la concreta atribución al municipio o entidad local supramunicipal por parte del municipio objeto de la solicitud mediante certificación de la secretaría de la entidad de que se trate.
  • En caso de que la entidad solicitante haya obtenido otra subvención para la misma finalidad, deberá aportar copia de la Resolución de concesión de la misma, salvo que está conste en los servicios de está administración.
  • Autoevaluación que acredite el cumplimiento de las actuaciones propuestas con la legislación y política ambiental, tanto nacional como de la Unión Europea y declaración responsable del cumplimiento de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, según modelo incluido en el Anexo IV de esta Orden. Tanto el solicitante como, en su caso, los terceros que ejecuten parte o toda la actuación objeto de subvención deberán garantizar el pleno cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo» (principio Do No Significant Harm, DNSH), de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros el 27 de abril de 2021 y por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y la Guía Técnica de la Comisión Europea (2021/C 58/01) sobre la aplicación de este principio.
  • Proyecto, que comprenderá al menos lo especificado en el artículo cuarto de esta Orden.
  • Las entidades solicitantes deberán acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social conforme exige el artículo 13 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. No obstante, la presentación del certificado expedido por el Registro de Documentación Administrativa de Entidades Locales dispensará de presentar la documentación administrativa vigente y anotada en el mismo.

Anexos:

Lugar presentación :

Las personas jurídicas y demás sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, están obligados a presentar sus solicitudes a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es».

Si alguna entidad local presenta su solicitud presencialmente o a través de otro medio no electrónico, se requerirá a la interesada para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

Órgano tramitador:

Dirección:

DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO (CÓDIGO DIR3 O00006453 – A06045079)

C/ Lealtad, 27 – 39002 Santander

Teléfono: 942 20 85 14

Enlaces: