CONVOCATORIA 2025 Orden ISO/15/2024

Subvencion:

CONVOCATORIA 2025 Orden ISO/15/2024

Descripción:

Resolución de 13 de marzo de 2025, de la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades locales destinadas a la ejecución de obras de mejora de locales juveniles de titularidad local.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 54 Extracto Convocatoria

Fecha BOC: 19/03/2025


Enlace BOC

Fecha inicio plazo presentación:

20/03/2025

Fecha finalización plazo presentación:

16/04/2025

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  1. En el supuesto que el solicitante no autorice expresamente a la Administración a recabar los datos a los que se refiere el apartado anterior de esta convocatoria deberá aportar certifi­cados de estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda Pública, Estatal y Autonómica, y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  2. Proyecto por el que se solicita la subvención, de conformidad con el modelo oficial re­cogido en el Anexo II. En el proyecto deberá justificarse la necesidad y la cuantía económica del gasto a realizar en la obra o bien, describiendo los objetivos que se pretenden conseguir en el local juvenil. En esta memoria deberá quedar reflejado el importe total de la inversión, la cantidad solicitada, y la previsión de financiación del importe no subvencionado. Asimismo, deberá incluirse la previsión de cumplimiento de lo establecido en el artículo 32.3 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.
  3. Presupuestos detallados de las obras a ejecutar, cuyo montante deberá coincidir con el importe total de la inversión plasmado en la memoria y cuyos conceptos respondan a las necesidades declaradas en la misma, debiendo solicitarse como mínimo tres ofertas con ca­rácter previo al compromiso de gasto, en los términos del artículo 32.3 de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.
  4. Certificado del Secretario del Ayuntamiento en que se indique el número de habitantes empadronados en la entidad local a fecha de la solicitud.

Anexos:

Lugar presentación :

Las personas jurídicas y demás sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, están obligados a presentar sus solicitudes a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es».

Órgano tramitador:

Dirección:

DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD, COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y VOLUNTARIADO (CÓDIGO DIR3 O00022772 – A06045080)

C/ Valliciergo, 8 – 39003 Santander

942 20 81 02

Enlaces: