CONVOCATORIA 2025 ORDEN ISO/4/2025

Subvencion:

CONVOCATORIA 2025 ORDEN ISO/4/2025

Descripción:

Resolución de 21 de noviembre de 2025, de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a favorecer la participación de las personas jóvenes de Cantabria en programas de campamentos y campos de voluntariado dentro y fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 229 Extracto Convocatoria

Fecha BOC: 27/11/2025


Enlace BOC

Fecha inicio plazo presentación:

28/11/2025

Fecha finalización plazo presentación:

29/12/2025

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de esta subvención el padre, la madre, o el representante legal de la persona joven que participe en una actividad subvencionable o los menores que a partir de los 16 años puedan encontrarse emancipados, pudiendo ser beneficiario exclusivamente una de estas cuatro personas.

Tanto el participante en la actividad como el beneficiario de la subvención deberán estar empadronados en Cantabria al menos con doce meses de anterioridad a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.

Documentación a adjuntar:

Junto con la solicitud en modelo oficial adjunto a esta convocatoria como Anexo I, el solicitante aportará la siguiente documentación:

  1. Factura acreditativa del coste económico satisfecho por la participación en el campamento de verano o campo de voluntariado, conforme a los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
  2. Documento justificativo del pago del coste del campamento o campo de voluntariado, en el que se incluya el nombre del participante y del solicitante de la subvención.
  3. Certificado de la persona o entidad organizadora de la actividad en el que conste: fechas de realización de la actividad, días de duración y de pernocta, en su caso, del campamento o campo de voluntariado por el que se solicita la subvención, salvo que esta información figure con claridad en la factura. La persona o entidad organizadora que expida el certificado deberá coincidir exactamente con la que emita la factura.
  4. En el supuesto que el solicitante no autorice expresamente a la Administración a recabar los datos a los que se refiere el apartado quinto de esta convocatoria, deberá aportar la siguiente documentación:
  • Copia del documento nacional de identidad o equivalente en el supuesto de ser miembro de un país de la Unión Europea, o número de la tarjeta de residencia en el supuesto de ser natural de otros países, tanto del solicitante como del participante en la actividad.
  • Certificado de empadronamiento del beneficiario y del participante que acredite el empadronamiento en Cantabria con al menos doce meses de anterioridad a la publicación del extracto de convocatoria.
  • Certificados de estar el solicitante al corriente con sus obligaciones con la Hacienda Pública, Estatal y Autonómica, y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Resolución de reconocimiento de grado de dependencia o discapacidad del participante, en su caso.

 

Anexos:

Lugar presentación :

Las personas físicas pueden presentar sus solicitudes en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria: a través del Registro Electrónico General o en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería

Si las personas físicas enviaran la solicitud por correo, deberá presentarse en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento que se quiera enviar, se haga constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.1 Real Decreto 437/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido por la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Órgano tramitador:

Dirección:

DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD, COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y VOLUNTARIADO. (CÓDIGO DIR3 O00022772 – A06045080)

Calle Valliciergo 8 – 39003 Santander).

Teléfono: 942 20 83 82

Enlaces: