CONVOCATORIA 2026 Orden DES/5/2026

Subvencion:

CONVOCATORIA 2026 Orden DES/5/2026

Descripción:

Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 10 de marzo de 2026, por la que se convocan ayudas de minimis a las pequeñas y medianas explotaciones de cría de conejos en Cantabria para el año 2026

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 52 Extracto Convocatoria

Fecha BOC: 17/03/2026


Enlace BOC

Fecha inicio plazo presentación:

18/03/2026

Fecha finalización plazo presentación:

17/04/2026

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convocan en la presente resolución, cualquier persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), que sean titulares de una explotación cunícola situada en la Comunidad Autónoma de Cantabria que cumpla los siguientes requisitos:

  1. Encontrarse inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (en lo sucesivo REGA)
  2. Cumplir la normativa legal en vigor en materia de higiene, sanidad y bienestar animal, así como la de identificación y registro de animales.
  3. No haber sido objeto de sanción firme en vía administrativa por incumplimiento de la normativa anteriormente citada, en el año anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  4. Disponer y aplicar un programa higiénico sanitario supervisado por el veterinario responsable.
  5. Poseer una explotación ganadera con más de 200 reproductoras, declaradas en el preceptivo censo anual REGA, correspondiente al año anterior al de la convocatoria.
  6. Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y Autonómica, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  7. No estar incurso en las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, que establece el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentación a adjuntar:

La solicitud de subvención, suscritas por el solicitante o en su caso, representante legal, se ajustará al modelo que figura como ANEXO I, y se acompañarán de la siguiente documentación:

  1. Datos de actividad y de gestión de la explotación cunícola (Anexo II)
  2. Declaración responsable de no estar incurso en las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, de las establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria (Anexo III)
  3. Declaración responsable del cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria (Anexo III)
  4. Declaración de que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud y, en su caso, en la documentación adjunta y esta última es fiel copia de los originales. Que se conoce y acepta que la Administración Pública podrá comprobar, en cualquier momento, la veracidad de todos los documentos, datos y cumplimiento de los requisitos por cualquier medio admitido a Derecho. En el supuesto de que la Administración compruebe la inexactitud de los datos declarados, el órgano gestor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder en virtud de la legislación aplicable. (Anexo III)
  5. Declaración responsable de conocer los importes previstos de las ayudas y su carácter de mínimis (Anexo III)
  6. Programa higiénico-sanitarios supervisado por el veterinario responsable

La presentación de la solicitud de ayuda llevará implícita la aceptación de las obligaciones y requisitos establecidos en las bases reguladoras. Asimismo, conlleva la autorización al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica y con la Tesorería General de la Seguridad Social. El solicitante puede denegar expresamente el consentimiento, debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativos.

Anexos:

Lugar presentación :

Las personas jurídicas y demás sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a presentar sus solicitudes a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es».

Las personas físicas pueden presentar sus solicitudes en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria: a través del Registro Electrónico General o en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro Auxiliar de la Consejería.

Órgano tramitador:

Dirección:

DIRECCIÓN GENERAL DE GANADERÍA (CÓDIGO DIR3 O00006456 – A06027832)

Avda. Albert Einstein, 2 – 39011 Santander

Teléfono: 942 20 78 16

Enlaces: