CONVOCATORIA 2026 Orden EDU/23/2023 – Entidades Locales

Subvencion:

CONVOCATORIA 2026 Orden EDU/23/2023 – Entidades Locales

Descripción:

Orden EDU/36/2026, de 17 de julio, por la que se convocan subvenciones para entidades locales para el desarrollo de programas de Formación Profesional Básica en la modalidad de aula de Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 141 Extracto Convocatoria

Fecha BOC: 23/07/2026


Enlace BOC

Fecha inicio plazo presentación:

24/07/2026

Fecha finalización plazo presentación:

14/08/2026

Beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas las entidades locales que cumplan los requisitos establecidos en la Orden EDU/23/2023, de 7 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de Formación Profesional Básica en las modalidades de aula de Formación Profesional Básica y programa específico de Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como  las condiciones establecidas en  la Orden ECD 72/2014, de 5 de junio, que regula los programas de Formación Profesional Básica que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Las entidades locales podrán solicitar subvención en la modalidad de aula de Formación Profesional Básica.
 

Documentación a adjuntar:

A la solicitud, cumplimentada según el modelo normalizado que figura como anexo I a la presente convocatoria y firmada por el o la representante de la entidad local, se acompañará el proyecto de actuación, según el modelo normalizado que figura como anexo XII a la presente convocatoria, que detalle:

  1. La justificación de la necesidad del programa, especificando los criterios que se van a seguir para seleccionar al posible alumnado.
  2. La programación anual, que incluirá, al menos, los siguientes aspectos:
  1. Índice.
  2. Características socioculturales de la zona. Descripción del entorno socioeconómico y de la oferta laboral.
  3. Destinatarios y necesidades de formación detectadas.
  4. Objetivos que se desean alcanzar.
  5. Módulos que componen el programa de Formación Profesional Básica, incluyendo para cada uno de ellos: contenidos, duración, secuenciación y distribución semanal.
  6. Estándares de competencias profesionales y, en su caso, cualificaciones profesionales que se incluyen en el programa.
  7. Criterios de evaluación y calificación.
  8. Principios metodológicos.
  9. Medidas de atención a la diversidad y de fomento de la igualdad de oportunidades. Incluyendo medidas para la igualdad de género.
  10. Plan integral de actuación, coordinación y colaboración con las familias, con las instituciones del entorno y con los servicios educativos, psicopedagógicos, sociales, sanitarios y laborales de la zona.
  1. Organización del equipo educativo y acreditación, en su caso, de la experiencia del profesorado en programas de cualificación profesional inicial o de programas de Formación Profesional Básica mediante hoja de servicios, copia de los contratos o certificación de la entidad local.
  2. Espacios y equipamientos que la entidad local solicitante pone a disposición del programa. En todo caso deberá contar con un aula polivalente e instalaciones que aseguren el desarrollo de actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales asociados a estándares de competencias profesionales, para un grupo de 15 personas.
  3. Relación de posibles empresas colaboradoras y grado de colaboración con las mismas.
  4. En su caso, acreditación del alumnado que ha cursado programas de Formación Profesional Básica en cursos anteriores y/o demanda para el próximo curso del programa de Formación Profesional Básica, según proceda, adjuntando relación de solicitantes, que incluya nombre y apellidos, DNI, NIE o pasaporte, edad y resultados académicos alcanzados (como medida preventiva de protección de datos de carácter personal, se enviarán únicamente las iniciales de los alumnos o alumnas y las cifras 4ª, 5ª, 6ª y 7ª del DNI, NIE o pasaporte, sin perjuicio de que posteriormente se le pudiera requerir la información completa si existiera una causa que lo justificase).
  5. En su caso, acreditación de la experiencia que tiene la entidad local en la realización de programas de Formación Profesional Básica o de cualificación profesional inicial, adjuntando datos de inserción laboral o de continuidad en el sistema educativo del alumnado que finalizó la formación con valoración positiva.
  6. La entidad local deberá haber informado previamente al profesorado y personas solicitantes de los programas del tratamiento de sus datos de carácter personal derivado de la solicitud de subvención (de acuerdo con el anexo XIII).

Asimismo, a la solicitud se acompañará declaración responsable de los siguientes extremos:

  1. DNI/NIE/NIF del o de la representante de la entidad local (el órgano gestor consultará esta documentación salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, en cuyo caso deberá aportarla con la solicitud).
  2. Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad local.
  3. Presupuesto del proyecto, conforme al modelo del anexo II de la presente convocatoria.
  4. En su caso, declaración responsable de otras ayudas, según el modelo del anexo III de la presente convocatoria, para realizar el mismo proyecto para el que se solicita la subvención, indicando la cuantía de las mismas y los organismos que las otorgan, ya sean nacionales o internacionales, públicos o privados.
  5. Compromiso escrito de las empresas que van a colaborar en la formación en empresa, según el modelo del anexo V de la presente convocatoria.
  6. Certificación expedida por el secretario o la secretaria de la entidad local relativa a la resolución adoptada por el órgano local competente, por la que se acuerda aprobar el proyecto y solicitar la subvención.
  7. Datos del número de cuenta bancaria de la entidad local solicitante.
  8. Ser ciertos cuantos datos figuran en la solicitud y, en su caso, la documentación adjunta, y que esta última es fiel copia de los originales.
  9. Conocer, aceptar y comprometerse al cumplimiento de las bases reguladoras y la convocatoria de la ayuda. Asimismo, cumplir los requisitos exigidos en la misma.
  10. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o en cualquier otro ingreso de derecho público.
  11. Que la persona solicitante actúa en representación de la entidad local, según el acuerdo tomado por el órgano competente de la misma para solicitar la subvención.
  12. Que la entidad local no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria de subvenciones establecidas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  13. Que los locales donde se va a impartir el programa cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Anexos:

Lugar presentación :

Las personas jurídicas y demás sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, están obligados a presentar sus solicitudes a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es».

Órgano tramitador:

Dirección:

DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACION PROFESIONAL Y EDUCACION PERMANENTE (CÓDIGO DIR3 O00006452 – A06004085)
C/ Río de la Pila nº 13 – 39003 Santander

Teléfono: 942 20 70 12 – 942 20 74 64

Enlaces: