DECRETO 64/2026
Descripción:
Decreto 64/2026, de 10 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas al fomento de la prevención de riesgos laborales en pequeñas y medianas empresas, en el marco de la Estrategia Cántabra de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2028.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 180
Fecha BOC: 18/09/2026
Plazo presentación:
El plazo de admisión de solicitudes estará permanentemente abierto hasta el 31 de enero de 2029, inclusive, pero cada solicitud de subvención deberá ser presentada en el plazo que, para cada línea de subvención, se establece en el capítulo II, y siempre dentro del plazo de admisión.
LÍNEA I: «MEJORA«. Inversiones para la mejora de la seguridad y salud en el trabajo. (Artículo 21)
- La solicitud de subvención y la documentación necesaria deberá ser presentada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al completo pago de los gastos subvencionables al proveedor o proveedores, con el límite establecido en el artículo 7.3.
- Para el caso de supuestos subvencionables realizados entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de publicación de este decreto, el plazo de presentación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a dicha publicación.
- Las solicitudes que contengan gastos subvencionables que no hayan sido completamente pagados serán inadmitidas a trámite.
LÍNEA II: «INTEGRA«. Promoción de la integración de la prevención de riesgos laborales. (Artículo 26)
- La solicitud de subvención y la documentación necesaria deberá ser presentada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que se haya producido en Seguridad Social el alta del contrato.
- Para el caso de supuestos subvencionables realizados entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de publicación de este decreto, el plazo de presentación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a dicha publicación.
LÍNEA III: «»AVRA«. Fomento de actividades de prevención, asistencia técnica y formación en riesgos específicos. (Artículo 32)
- La solicitud de subvención y la documentación necesaria deberá ser presentada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al completo pago de los gastos subvencionables al proveedor o proveedores.
- Para el caso de supuestos subvencionables realizados entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de publicación de este decreto, el plazo de presentación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a dicha publicación.
- Las solicitudes que contengan gastos subvencionables que no hayan sido completamente pagados serán inadmitidas a trámite.
Línea IV: «ROBOTS». Incentivos al uso de robots industriales y robots móviles autónomos. (Artículo 37)
- La solicitud de subvención y la documentación necesaria deberá ser presentada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al completo pago de los gastos subvencionables al arrendador-proveedor.
- Para el caso de supuestos subvencionables realizados entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de publicación de este decreto, el plazo de presentación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a dicha publicación.
- Las solicitudes que contengan gastos subvencionables que no hayan sido completamente pagados serán inadmitidas a trámite.
Línea V: «REFUERZO». Apoyo específico de la actividad preventiva en las pequeñas empresas. (Artículo 41)
- La solicitud de subvención y la documentación necesaria deberá ser presentada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al completo pago de los gastos subvencionables al servicio de prevención ajeno.
- Para el caso de supuestos subvencionables realizados entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de publicación de este decreto, el plazo de presentación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a dicha publicación.
- Las solicitudes que contengan gastos subvencionables que no hayan sido completamente pagados serán inadmitidas a trámite.
Fecha inicio plazo presentación:
19/09/2026
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en el presente decreto, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, ya sean personas físicas o jurídicas, las pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), incluyendo personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegio profesional que:
- Sean titulares de, al menos, un centro de trabajo en Cantabria.
- Cuenten con, al menos, una persona trabajadora por cuenta ajena a tiempo completo comparable en un centro de trabajo en Cantabria, durante los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud.
En las empresas de nueva creación este requisito consistirá en contar con, al menos, 0,5 personas trabajadoras por cuenta ajena a tiempo completo comparable en un centro de trabajo en Cantabria, durante los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud. Si la contratación de la primera persona trabajadora por cuenta ajena se ha producido en un periodo inferior a los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, este requisito será proporcional desde el alta en Seguridad Social de la mencionada primera contratación.
En todos los casos se tendrá en cuenta el número medio de personas trabajadoras que hayan permanecido en alta en la empresa teniendo en cuenta la jornada contratada en relación con la jornada completa.
- Cuenten con un plan de igualdad, si está obligada a ello, inscrito y registrado por la Autoridad Laboral competente, conforme a lo dispuesto en los artículos 45 y 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Acrediten con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
De conformidad con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo podrá consultar o recabar, en ausencia de oposición expresa de las personas interesadas, la documentación que se indica a continuación:
- Los datos o documentos emitidos o en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en territorio español, de la solicitante en el caso de empresas que sean personas físicas y de quien ejerza la representación de la empresa solicitante, según sea necesario.
- Informe del número medio anual de personas trabajadoras en situación de alta en la Seguridad Social.
- Vida laboral de empresa.
- Cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
- Cumplimiento de obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Consulta de poderes notariales.
- Consulta de información sobre concesiones, reintegros, sanciones e inhabilitaciones en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
- Consulta de los datos inscritos en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA).
Además, las empresas interesadas podrán autorizar expresamente al Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo para recabar datos de carácter tributario a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) sobre:
- Cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas o Declaración Censal.
El tratamiento de datos de carácter personal a que se refieren los apartados anteriores figurará en la solicitud y alcanzará a todas aquellas actuaciones de comprobación sobre los referidos datos que la Administración deba efectuar, tanto durante la tramitación del procedimiento, como posteriormente durante el seguimiento y control de la subvención que pueda ser otorgada. No obstante, cada interesada podrá oponerse de forma expresa en cualquier momento, a través de comunicación escrita al Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo en tal sentido. En este supuesto la solicitante deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes según sean necesarios a efectos de tramitación, seguimiento y control de la subvención, siendo la no aportación de éstos causa para requerirle de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Este tratamiento de datos de carácter personal alcanzará a los datos y documentos concernientes a las personas trabajadoras contratadas, siempre que conste su autorización expresa. El alcance de este tratamiento será el mismo que el previsto en el párrafo anterior. En caso contrario, la empresa solicitante deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes según sean necesarios a efectos de tramitación, seguimiento y control de la subvención, siendo la no aportación de éstos causa para requerirle de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las solicitudes se presentarán acompañadas de la documentación que, para cada línea de subvención, requiere el capítulo II.
LÍNEA I: «MEJORA». Inversiones para la mejora de la seguridad y salud en el trabajo: (Artículo 20)
- La solicitud de ayuda, además de los datos establecidos en el artículo 8.1, contendrá la siguiente información:
Memoria del proyecto de inversión que incluirá, en todo caso, información sobre: el centro de trabajo, la actividad desarrollada, características de la inversión, justificación de su necesidad, ubicación de la inversión realizada y la relación de conceptos subvencionables y sus justificantes de gasto y pago.
- La solicitud de ayuda será acompañada de la siguiente documentación común a todos los conceptos subvencionables:
- Acreditación de la representación de la empresa solicitante, salvo en el supuesto de empresas que sean personas físicas que actúen en su propio nombre o salvo que la solicitud sea firmada con certificado electrónico de representante.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se indique para realizar el pago de la subvención en caso de concesión. No será necesario este documento en el caso de que la cuenta bancaria esté de alta en el Sistema de Información Contable de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Facturas desglosadas conteniendo los conceptos necesarios para determinar la cuantía de la subvención, así como la acreditación de su completo pago a cada proveedor.
- Evaluación de riesgos anterior a la inversión, que identifique los riesgos que justifiquen la necesidad de adquisición de los objetos subvencionables.
- Planificación de la actividad preventiva derivada de la anterior, en la que conste: medida preventiva concreta que constituye el objeto de la solicitud de subvención, responsable y plazo de implantación, coste (en los casos en que sea racionalmente cuantificable) y fecha de adopción de la medida.
- Evaluación de riesgos actualizada, incluyendo la evaluación de los objetos subvencionables tras su adquisición y, en su caso, instalación.
- A la anterior documentación se añadirá la siguiente documentación, en función del concepto subvencionable:
Para el caso de inversiones descritas en el artículo 18.2.a):
- Acreditación de que la máquina a sustituir ha pertenecido a la empresa al menos diez años antes de la fecha de presentación de la solicitud y de que ha sido utilizada dentro de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante ese tiempo. Será válido cualquier medio de prueba admitido en derecho incluyendo los informes tras la revisión o inspección periódica que se hayan realizado sobre el bien objeto de sustitución durante todo el tiempo necesario de acreditar, las evaluaciones de riesgos realizadas y sus actualizaciones periódicas u ocasionales a lo largo del tiempo y las evidencias de la ejecución de las medidas preventivas planificadas.
- Certificado de fin de vida útil o factura de venta de la maquinaria antigua.
- Declaración responsable de la solicitante de poseer:
- Declaración CE de conformidad de la maquinaria nueva.
- Manual de instrucciones en el idioma del usuario.
- Formación a las personas trabajadoras usuarias en los riesgos y medidas preventivas en el uso de la nueva máquina.
- Autorización, en su caso, para el uso de la nueva maquinaría a las personas trabajadoras usuarias.
- En caso de instalación, documentación acreditativa del cumplimiento del artículo 4 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por las personas trabajadoras de los equipos de trabajo.
Para el caso de inversiones descritas en el artículo 18.2.b):
Declaración responsable de la solicitante de poseer:
- Declaración CE de conformidad del equipo de trabajo.
- Manual de instrucciones en el idioma del usuario.
- Formación a las personas trabajadoras usuarias en los riesgos y medidas preventivas en el uso del nuevo equipo.
- Autorización para el uso de la nueva maquinaria a las personas trabajadoras usuarias.
- Documentación acreditativa del cumplimiento del artículo 4 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por las personas trabajadoras de los equipos de trabajo.
Para el caso de inversiones descritas en el artículo 18.2.c):
Declaración responsable de la solicitante de poseer:
- Documentación acreditativa en la que se recojan las normas técnicas de referencia en base a las cuales se han fabricado los objetos subvencionables.
- Certificado de instalación y comprobación previa a la utilización de los objetos subvencionables y su aptitud para un uso seguro.
- Dosier técnico de la instalación de los objetos subvencionables que incluirá, al menos, documentación relativa a sus características técnicas aportadas por el fabricante, instrucciones de montaje e instrucciones de uso y mantenimiento.
- Formación actualizada del técnico instalador, en el montaje y comprobación previa a la utilización de los objetos subvencionables.
- Procedimiento de uso por parte de las personas trabajadoras expuestas al riesgo de caídas de altura.
Para el caso de inversiones descritas en el artículo 18.2.d):
Declaración responsable de la solicitante de disponer de la siguiente documentación:
- Documentación técnica descriptiva de la instalación.
- Normas de uso y mantenimiento de instalación.
- Formación a las personas trabajadoras usuarias en los riesgos y medidas preventivas en el uso de la nueva instalación.
- Documentación acreditativa del cumplimiento del artículo 4 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por las personas trabajadoras de los equipos de trabajo.
- Manuales de instrucciones de las máquinas que conforman la instalación en el idioma del usuario.
- Declaraciones CE de conformidad de las máquinas que formen parte del sistema instalado.
Para el caso de inversiones descritas en el artículo 18.2.e):
Declaración responsable de la solicitante de poseer:
- Declaración CE de conformidad según normativa aplicable.
- Manual de instrucciones en el idioma del usuario.
- Formación a las personas trabajadoras usuarias en los riesgos y medidas preventivas en el uso del nuevo equipo.
LÍNEA II: «INTEGRA». Promoción de la integración de la prevención de riesgos laborales. (Artículo 25)
La solicitud de ayuda será acompañada de la siguiente documentación:
- Acreditación de la representación de la empresa solicitante, salvo en el supuesto de empresas que sean personas físicas que actúen en su propio nombre o salvo que la solicitud sea firmada con certificado electrónico de representante.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se indique para realizar el pago de la subvención en caso de concesión. No será necesario este documento en el caso de que la cuenta bancaria esté de alta en el Sistema de Información Contable de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Contrato de trabajo objeto de solicitud de subvención.
- Autorización de la persona contratada para consultar los siguientes datos: Documento Nacional de Identidad o documento de identidad acreditativo equivalente, y vida laboral.
En caso de que la persona contratada no otorgue esta autorización, deberán presentarse los documentos correspondientes: Documento Nacional de Identidad o documento de identidad acreditativo equivalente, e informe de vida laboral.
- Acreditación de la capacitación exigida en el capítulo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención para desempeñar las funciones de nivel superior o de nivel intermedio, según el caso.
LÍNEA III: «»AVRA». Fomento de actividades de prevención, asistencia técnica y formación en riesgos específicos. (Artículo 31)
- La solicitud de ayuda, además de los datos establecidos en el artículo 8.1, contendrá la siguiente información:
Memoria del proyecto de actuación en el modelo aprobado por el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo que incluirá, en todo caso, información sobre: el centro de trabajo, la actividad desarrollada, características de la actuación, justificación de su necesidad, ubicación de la actuación realizada y la relación de conceptos subvencionables y sus justificantes de gasto y pago.
- La solicitud de ayuda será acompañada de la siguiente documentación común a todos los conceptos subvencionables:
- Acreditación de la representación de la empresa solicitante, salvo en el supuesto de empresas que sean personas físicas que actúen en su propio nombre o salvo que la solicitud sea firmada con certificado electrónico de representante.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se indique para realizar el pago de la subvención en caso de concesión. No será necesario este documento en el caso de que la cuenta bancaria esté de alta en el Sistema de Información Contable de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Facturas desglosadas conteniendo los conceptos necesarios para determinar la cuantía de la subvención, así como la acreditación de su completo pago a cada proveedor.
- A la anterior documentación se añadirá la siguiente documentación, en función del concepto subvencionable:
Para el caso de inversiones descritas en las letras a), d), e) y f) del artículo 29.2:
- Evaluación de riesgos anterior a la inversión, que identifique los riesgos que justifiquen la necesidad de adquisición de los objetos subvencionables.
- Planificación de la actividad preventiva derivada de la anterior, en la que conste: medida preventiva concreta que constituye el objeto de la solicitud de subvención, responsable y plazo de implantación, coste (en los casos en que sea racionalmente cuantificable) y fecha de adopción de la medida.
- Evaluación de riesgos tras la adquisición y, en su caso, instalación de los objetos subvencionables.
- Características técnicas y equipamiento de los objetos subvencionables.
- Declaración responsable de la solicitante de poseer:
- Declaración CE de conformidad de los equipos.
- Manual de instrucciones en el idioma del usuario.
- Formación a las personas trabajadoras usuarias en los riesgos y medidas preventivas en el uso de los equipos, en su caso.
- Autorización, en su caso, para el uso de los nuevos equipos a las personas trabajadoras usuarias.
- En caso de instalación, documentación acreditativa del cumplimiento del artículo 4 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Para el caso de inversiones descritas en la letra b) del artículo 29.2:
- Dosier descriptivo de los materiales con amianto y del riesgo de su presencia, acompañando fotografías.
- Certificación final de la actuación de eliminación de materiales con amianto emitida por la empresa que haya acometido los trabajos. El órgano instructor incorporará de oficio al expediente la resolución aprobatoria del plan de trabajo emitida por la Autoridad Laboral.
- Acreditación de que la empresa RERA está certificada conforme a la «norma UNE 171370-1 Amianto- Cualificación de empresas que trabajan con materiales con amianto» o conforme a la norma «ISO 45001 – Sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo», mediante certificación en vigor emitida a tal efecto por una entidad de certificación acreditada por ENAC-Entidad Nacional de Acreditación o por un organismo nacional de acreditación.
Para el caso de inversiones descritas en la letra c) del artículo 29.2: demostración del cumplimiento con la norma UNE 171370-1 mediante certificación en vigor emitida a tal efecto por una entidad de certificación acreditada por ENAC-Entidad Nacional de Acreditación o por un organismo nacional de acreditación.
Línea IV: «ROBOTS». Incentivos al uso de robots industriales y robots móviles autónomos. (Artículo 36)
- La solicitud de ayuda, además de los datos establecidos en el artículo 8.1, contendrá la siguiente información:
Memoria del proyecto de actuación en el modelo aprobado por el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo que incluirá, en todo caso, información sobre: el centro de trabajo, la actividad desarrollada, características de la actuación, justificación de su necesidad, ubicación de la actuación realizada y la relación de conceptos subvencionables y sus justificantes de gasto y pago.
- La solicitud de ayuda será acompañada de la siguiente:
- Acreditación de la representación de la empresa solicitante, salvo en el supuesto de empresas que sean personas físicas que actúen en su propio nombre o salvo que la solicitud sea firmada con certificado electrónico de representante.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se indique para realizar el pago de la subvención en caso de concesión. No será necesario este documento en el caso de que la cuenta bancaria esté de alta en el Sistema de Información Contable de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Contrato firmado por las partes. En el contrato o mediante adenda al mismo, deberá especificar la ubicación exacta del centro de trabajo. Las partes contratantes deberán coincidir con quien factura y con quien abona el servicio facturado, sin perjuicio de que se acuerde la cesión del derecho de cobro siempre que se acredite documentalmente este extremo.
- Facturas desglosadas conteniendo los conceptos necesarios para determinar la cuantía de la subvención, así como la acreditación de su completo pago a cada arrendador-proveedor.
- Evaluación de riesgos anterior a la instalación y puesta en marcha del robot, que identifique los riesgos que justifiquen la necesidad de la contratación del servicio.
- Planificación de la actividad preventiva derivada de la anterior, en la que conste: medida preventiva concreta que constituye el objeto de la solicitud de subvención, responsable y plazo de implantación, coste (en los casos en que sea racionalmente cuantificable) y fecha de adopción de la medida.
- Evaluación de riesgos tras la instalación y puesta en marcha del robot.
- Características técnicas y equipamiento del robot.
- Declaración responsable de la solicitante de poseer:
- Declaración CE de conformidad del robot.
- Manual de instrucciones en el idioma del usuario.
- Formación a las personas trabajadoras usuarias en los riesgos y medidas preventivas en el uso del robot.
- Autorización, en su caso, para el uso del robot a las personas trabajadoras usuarias.
- En caso de instalación, documentación acreditativa del cumplimiento del artículo 4 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Línea V: «REFUERZO». Apoyo específico de la actividad preventiva en las pequeñas empresas. (Artículo 40)
- La solicitud de ayuda, además de los datos establecidos en el artículo 8.1, contendrá la siguiente información:
Memoria del proyecto de actuación en el modelo aprobado por el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo que incluirá, en todo caso, información sobre: el centro de trabajo, la actividad desarrollada, características de la actuación, justificación de su necesidad, puestos de trabajo afectados y la relación de conceptos subvencionables y sus justificantes de gasto y pago.
- . La solicitud de ayuda será acompañada de la siguiente documentación común:
- Acreditación de la representación de la empresa solicitante, salvo en el supuesto de empresas que sean personas físicas que actúen en su propio nombre o salvo que la solicitud sea firmada con certificado electrónico de representante.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se indique para realizar el pago de la subvención en caso de concesión. No será necesario este documento en el caso de que la cuenta bancaria esté de alta en el Sistema de Información Contable de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Facturas desglosadas conteniendo los conceptos necesarios para determinar la cuantía de la subvención, así como la acreditación de su completo pago al servicio de prevención ajeno.
- Evaluación de riesgos anterior a la realización de la actividad subvencionada.
- A la anterior documentación, se añadirá:
En el caso de las actividades descritas en el apartado a) del artículo 38.2:
- Concierto de la actividad preventiva firmado por las partes. Las partes contratantes deberán coincidir con quien factura y con quien abona el servicio facturado, sin perjuicio de que se acuerde la cesión del derecho de cobro siempre que se acredite documentalmente este extremo.
- Evaluación de riesgos específica o de puesto de trabajo realizada.
- Informe sobre las mediciones realizadas, en su caso.
En el caso de las actividades descritas en el apartado b) del artículo 38.2:
- Concierto de la actividad preventiva firmado por las partes cuando la actividad sea desarrollada a través de un servicio de prevención ajeno. Las partes contratantes deberán coincidir con quien factura y con quien abona el servicio facturado, sin perjuicio de que se acuerde la cesión del derecho de cobro siempre que se acredite documentalmente este extremo.
- Informe de mediciones realizado.
En el caso de las actividades descritas en el apartado c) del artículo 38.2:
- Procedimiento de retorno al trabajo.
- Acreditación de la impartición de la formación incluyendo copia de: programa formativo, material suministrado a las personas trabajadoras, parte de asistencia y certificados o diplomas entregados.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de las fases y medidas contenidas en el procedimiento. Los documentos que se presenten deberán ser tratados de tal forma que no contengan información relativa a la salud de las personas y aplicando el principio de minimización de datos. Sí deberá conservarse la información existente sobre factores de riesgo laboral que se identifiquen.
En el caso de las inversiones del artículo 38.4.a):
- Planificación de la actividad preventiva derivada de la evaluación de riesgos anterior a la inversión, en la que conste: medida preventiva concreta que constituye el objeto de la solicitud de subvención, responsable y plazo de implantación, coste (en los casos en que sea racionalmente cuantificable) y fecha de adopción de la medida.
- Evaluación de riesgos tras la adquisición de la escalera móvil con plataforma.
En el caso de las inversiones del artículo 38.4.b): copia de la declaración CE de conformidad para el conjunto de máquinas.
Anexos:
-
Solicitud y Memoria Línea I: Mejora -
Solicitud Línea II: Integra -
Autorización de la persona contratada Línea II: Integra -
Solicitud y Memoria Línea III: Avra -
Declaraciones específicas Línea III: Avra -
Solicitud y Memoria Línea IV: Robots -
Declaraciones específicas Línea IV: Robots -
Solicitud y Memoria Línea V: Refuerzo
Lugar presentación :
Los trámites de presentación de las solicitudes y documentación requerida en este decreto, así como su subsanación y mejora, se realizará todo ello mediante firma y registro electrónico, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La obligación de relacionarse con la Administración exclusivamente a través de medios electrónicos será aplicable también a las personas físicas no obligadas por ley a la utilización de dichos medios, de conformidad con lo previsto en el apartado 3 del mismo precepto.
Todas las notificaciones de actos administrativos derivados de la presente norma se realizarán, exclusivamente, a través de medios electrónicos, de conformidad con lo previsto en el artículo 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano tramitador:
INSTITUTO CANTABRO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (CÓDIGO DIR3 O00006437 – A06027806)
Avda. del Faro-Pintor Eduardo Sanz nº 19 – 39012 Santander

