DECRETO 69/2025
Descripción:
Decreto 69/2025, de 9 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de una ayuda excepcional para compensar las pérdidas económicas derivadas de la adversa climatología para el cultivo de la patata en Valderredible durante el año 2024.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 196
Fecha BOC: 13/10/2025
Plazo presentación:
Podrán ser beneficiarias de esta ayuda aquellas personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrícolas productoras de patata de consumo distintas de las de autoconsumo ubicadas en el municipio de Valderredible durante la campaña 2024 que hayan sufrido pérdidas por la adversa climatología.
Para delimitar el concepto de autoconsumo, atendiendo al Anexo V del Decreto 42/2015, de 18 de junio, por el que se crea el Registro de Explotaciones Agrícolas de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el cultivo de la patata, serán aquellas explotaciones con una superficie de hasta 0,1 Ha.
Fecha inicio plazo presentación:
14/10/2025
Documentación a adjuntar:
La solicitud deberá acompañarse de facturas, declaración de IRPF del ejercicio 2024 u otro documento de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente, que acredite la comercialización de patatas de consumo por el solicitante.
La presentación de la solicitud conllevará autorización al órgano instructor para recabar el certificado sobre el estado de cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Gobierno de Cantabria, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y frente a la Seguridad Social, así como para recabar y utilizar los datos necesarios para la comprobación de los requisitos establecidos en el artículo 3.1 del presente Decreto y para la determinación del importe total de la ayuda por beneficiario.
El solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento para recabar los datos previstos en el apartado anterior, debiendo en este caso, aportar los correspondientes certificados acreditativos y los datos necesarios para la tramitación y resolución del procedimiento de concesión.
Anexos:
Lugar presentación :
Las personas jurídicas y demás sujetos recogidos en el artículo 14.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, están obligados a presentar sus solicitudes a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica «sede.cantabria.es».
Las personas físicas pueden presentar sus solicitudes en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria: a través del Registro Electrónico General o en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro Auxiliar de la Consejería.
Órgano tramitador:
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL (CÓDIGO DIR3 O00006456- A06027831)
Avda. Albert Einstein, 2 – 39011 Santander
Teléfono: 942 20 78 07

