El Consejo de Ministros aprueba el real decreto que refuerza la universalidad en el acceso a la asistencia sanitaria pública

  • Regula el procedimiento para el reconocimiento del
    derecho a la protección de la salud y a la atención
    sanitaria con cargo a fondos públicos de personas
    extranjeras sin residencia legal en España.
  • El reconocimiento del derecho se realizará
    mediante una declaración responsable en la que la persona
    solicitante acreditará que no dispone de cobertura sanitaria
    por otra vía.
  • La residencia podrá acreditarse con el
    empadronamiento o, en su defecto, con documentación como
    certificados de escolarización, facturas de suministros o
    informes de servicios sociales.
  • La solicitud activa un documento provisional que
    permite el acceso a la asistencia sanitaria desde el primer momento
    y fija un plazo máximo de tres meses para resolver el
    expediente.
  • Se amplía el derecho a la asistencia sanitaria a
    las personas españolas de origen residentes en el exterior y
    a sus familiares durante sus desplazamientos temporales a
    España.